SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 00746/2018-S2
Fecha: 31-Oct-2018
REVOCAR
La presente acción de amparo constitucional ingresó al Tribunal Constitucional Plurinacional el 6 de abril de 2018, disponiendo la Comisión de Admisión por AC 0185/2018-RCA de 27 de abril, REVOCAR la Resolución 141/2018 de 27 de marzo, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Decimosexta del departamento de La Paz, que declaró improcedente la misma, disponiendo que la Jueza otorgue a la accionante un plazo de tres días para SUBSANAR el incumplimiento de la previsión del art. 33.8 del Código Procesal Constitucional (CPCo) y una vez cumplido el plazo disponer lo que corresponda en derecho; devuelto el expediente al Tribunal de origen, se emitió la 481/2018 26 de septiembre, que venida en revisión fue sorteada el 9 de octubre de 2018.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- REVOCAR
- a)
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso como derecho fundamental
- III.2. Debido proceso y el derecho de impugnación
- III.3. Aplicabilidad del Código de Procedimiento Civil en procesos de nulidad de filiación paterna y exclusión de paternidad. Recurso de casación
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR