Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2018-S3
Fecha: 30-Oct-2018
i)
Rosmery Ancelia Michel Banegas, Fiscal de Materia, en audiencia manifestó que: i) Evidentemente existe una resolución acusatoria planteada ante la autoridad demandada, misma que remitió obrados ante el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Trinidad del departamento de Beni, sin que dicha instancia haya radicado la causa; y, ii) El Juez demandado dispuso la emisión de un mandamiento de detención preventiva en cumplimiento a una resolución constitucional; asimismo, las partes desconocen el supuesto planteamiento de una solicitud de complementación y enmienda.
- acciones de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Participación de la tercera interviniente
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de activación de una acción tutelar contra una resolución emergente del cumplimiento de otra acción
- toda decisión asumida (por una autoridad o persona particular) en estricto cumplimiento de un una resolución constitucional (emitida por el Tribunal de garantías o Tribunal Constitucional) es inimpugnable a través de otra acción de defensa
- la revisión de las sentencias por este Tribunal, de modo que cuando éste se pronuncia, concluye el proceso constitucional; empero antes de ello, el proceso en recurso de amparo se encuentra pendiente, lo que significa que
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR