Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2018-S3
Fecha: 12-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso “…vinculado a mi libertad…” (sic), al acceso a la justicia y “seguridad jurídica”, toda vez que la autoridad demandada, hasta la fecha de presentación de la presente acción tutelar, no resolvió el incidente de actividad procesal defectuosa que interpuso contra la imputación formal de 8 de noviembre de 2017, pese a que cumplió con las formalidades establecidas en el art. 314.II del CPP, de acuerdo al Auto Interlocutorio de 24 de enero de 2018, que resolvió el recurso de reposición planteado, afectando de esta manera los derechos alegados.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- otorgó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR