SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2018-S3
Fecha: 31-Oct-2018
II.6.
II.6. A través de memorial presentado el 31 de agosto de 2018, Yenny Valdivia Lara, presentó nueva liquidación de asistencia familiar por Bs4 000.- (cuatro mil bolivianos), pidiendo su aprobación y posterior cancelación al tercer día, refiriendo “…presento, el NRO. DE CUENTA 355469-000-001, CODIGO 355469, a nombre de YENNY VALDIVIA LARA DE AMIZOLA (…), del BANCO SOL…” (sic); ante lo cual, la Jueza demandada emitió el proveído de 3 de septiembre de igual año, disponiendo se ponga a conocimiento de la parte contraria, “…debiendo el obligado depositar la asistencia familiar en la cuenta del Banco SOL No. 6984909 L.P. y adjuntar al expediente los recibos para su descargo, sea con las formalidades de ley” (sic [fs. 28 a 29]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- innovativa. Su naturaleza principal radica en que, la jurisdicción constitucional, a través de esta garantía, tiene la facultad de tutelar la vida, libertad física y de locomoción, frente a las acciones y omisiones que restrinjan, supriman o amenacen de restricción o supresión, aun cuando las mismas hubieran cesado o desaparecido
- el propósito de la acción de libertad innovativa, radica, fundamentalmente, en que todo acto contrario al régimen constitucional que implique desconocimiento o comprometa la eficacia de los derechos tutelados por esta garantía jurisdiccional, debe ser repudiado por la justicia constitucional. Así, el propósito fundamental de la acción de libertad innovativa, tiene la misión fundamental de evitar que en el futuro se repitan y reproduzcan los actos contrarios a la eficacia y vigencia de los derechos a la vida, la libertad física y de locomoción
- procede la acción de libertad -bajo la modalidad innovativa- aún hubiere cesado el acto ilegal en cualquiera de las modalidades protectivas de la acción de libertad; es decir, la amenaza al derecho a la vida, la privación de libertad, la persecución indebida o, en su caso el indebido procesamiento vinculado con el derecho a la libertad física o personal
- sino también de advertir a la comunidad en su conjunto, sean autoridades, servidores públicos o personas particulares, que las conductas de esa naturaleza contravienen el orden constitucional y, por consiguiente, son susceptibles de sanción
- 27 de agosto de 2018