SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2018-S2
Fecha: 08-Oct-2018
denegó
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 20/2018 de 26 de julio, cursante de fs. 41 a 43, denegó la tutela solicitada, por subsidiariedad, fundamentando lo siguiente: a) El accionante debió agotar los medios legales de defensa establecidos en el Código de Procedimiento Penal, antes de acudir a la vía constitucional; b) Los memoriales presentados por el impetrante de tutela, solicitando se señale día y hora de audiencia de salida alternativa de procedimiento abreviado, merecieron los decretos de 17 de julio de 2018 -indicando que el imputado debía efectuar su petición conforme a los datos del proceso-; y, de 23 de igual mes y año, reiterando que efectúe su petición conforme a los datos del proceso, al no ser la acción de libertad un medio sustitutivo, para corregir el procedimiento ordinario que debían seguir las autoridades jurisdiccionales, que tienen a su cargo la dirección y conocimiento de una causa; y, c) El demandante de tutela debe dirigir su petición de procedimiento abreviado al titular de la acción penal, que es el Ministerio Público.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos, dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2. El principio de celeridad en las actuaciones procesales sobre medidas cautelares
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- III.3. Sobre el procedimiento abreviado como acto conclusivo de la etapa preparatoria y los requisitos para su consideración
- el imputado o fiscal
- III.4.
- Fragmento 21
- no existe legitimación pasiva cuando la autoridad o persona demandada no participó en la vulneración de los derechos invocados
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 24
- REVOCAR
- 2° Disponer
- 3° Exhortar
- correctivo
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho