SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0623/2018-S2
Fecha: 08-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció la vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva como parte del debido proceso, relacionado intrínsecamente con el derecho a la libertad; por cuanto, pese a la solicitud que efectuó, por dos veces consecutivas, para que se señale día y hora de audiencia de procedimiento abreviado, al encontrarse detenido preventivamente más de catorce meses, las autoridades demandadas, por decretos de 13 y 20 de julio de 2018, sin mayor fundamento, dispusieron que se esté a los datos del proceso y procedimiento, disponiendo que manera sui generis -peculiar-, que se notifique con el sobreseimiento, cuando esta Resolución carece de efectividad según los dispuesto por el Fiscal Departamental de La Paz; por lo que, tales actos generan dilación indebida. En consecuencia, solicita que el Tribunal de Sentencia Penal Segundo demandado, señale día y hora de audiencia de consideración de procedimiento abreviado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos, dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2. El principio de celeridad en las actuaciones procesales sobre medidas cautelares
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- III.3. Sobre el procedimiento abreviado como acto conclusivo de la etapa preparatoria y los requisitos para su consideración
- el imputado o fiscal
- III.4.
- Fragmento 21
- no existe legitimación pasiva cuando la autoridad o persona demandada no participó en la vulneración de los derechos invocados
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 24
- REVOCAR
- 2° Disponer
- 3° Exhortar
- correctivo
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho