SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2018-S4
Fecha: 25-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia como lesionados sus derechos a la defensa; debido proceso en sus vertientes seguridad jurídica, transparencia, legalidad y celeridad; acceso a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita y sin dilaciones y a ser oído por una autoridad jurisdiccional competente independiente e imparcial, considerando estar indebidamente perseguido e ilegalmente procesado, puesto que habiendo sido revocada la Resolución de rechazo del proceso penal seguido en su contra y otros iniciado el 2012; fue citado por el Fiscal de Materia ahora demandado para que preste declaración informativa el 27 de agosto de 2018, sin considerar la solicitud de suspensión por motivos laborales, ni otorgarle el plazo prudente de veinticuatro horas para poder tomar conocimiento y convicción de la causa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demanda
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- ) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- a)
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR