SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2018-S3

Fecha: 10-Oct-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Emergente de una investigación carente de objetividad el Ministerio Público emitió acusación formal en su contra por la supuesta comisión del delito de “…violación…” (sic) y radicándose la causa en el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, dentro del mismo, el Juez ahora demandado, señaló audiencia de juicio oral para el 21 de mayo de 2018, que fue suspendida por ausencia del representante del Ministerio Público, fijando una nueva para el 4 de junio de igual mes y año, la que volvió a suspenderse por similar motivo. Luego de varias audiencias suspendidas, el 18 de junio de igual año, se instaló formalmente la “contienda” penal cumpliéndose los actos procesales y determinándose otra audiencia para el 25 del mismo mes y año citado, en la que su abogado presentó una solicitud de suspensión de audiencia y plazos procesales, que resuelta ese mismo día, en el cual se dispuso fuera de procedimiento, el “abandono” de su abogado patrocinante, decisión que nunca le fue notificada legalmente en su domicilio procesal.

Se instalaron dos audiencias más que fueron suspendidas por inasistencia del representante del Ministerio Público y otra por falta de su conducción. Dándose por notificado con el decreto que determinó el “abandono” de su abogado, por lo que el 25 de julio del indicado año, presentó recurso de apelación, solicitando que mientras se resuelva este, le permitan continuar con la defensa técnica de su abogado por ser de su confianza, pedido que fue rechazado.