SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2018-S2
Fecha: 23-Oct-2018
concedió en parte
La Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Primera de Vinto del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 27 de abril de 2018, cursante de fs. 31 a 33, concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que podrá acceder al alcantarillado público, previa autorización de excavación, ya sea de los propietarios de los inmuebles por donde sea necesaria la apertura de la zanja o de la autoridad competente, si el paso es por las áreas o vías públicas, en ambos casos con las normas de seguridad correspondientes y sin causar perjuicio a los ciudadanos, sin costas, en base a los siguientes fundamentos: 1) Tanto la impetrante de tutela como la demandada, tienen acreditado su derecho propietario sobre los inmuebles que les pertenecen; 2) La solicitante de tutela, efectuó trámites ante la entidad municipal; empero, no obtuvo orden para la excavación; y, 3) La inexistencia de la red de alcantarillado, no puede impedir que la accionante, acceda al servicio básico de alcantarillado, lo cual debe realizarse respetando el derecho propietario, la seguridad y tranquilidad de los vecinos, tomando en cuenta que por ese lugar, se encuentra una unidad educativa, para lo cual debe obtener el permiso correspondiente de los propietarios por cuyos fundos, pase el alcantarillado y de la autoridad competente, si lo hace por la vía pública, tomando las medidas de seguridad pertinentes.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2.
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- provisional
- III.5. Análisis del caso concreto.
- sin embargo, corresponde conceder una tutela provisional,
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 24
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas