Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2018-S2
Fecha: 23-Oct-2018
II.2.
II.2. Cursa la certificación emitida el 7 de marzo de 2018, por la Dirección de Saneamiento Básico del Gobierno Autónomo Municipal de Vinto, que da cuenta que Benigna Gladys Lobatón -ahora accionante-, perteneciente a la OTB “Juan Vargas”, cumplió con todos los requisitos exigidos por la referida Dirección para acceder a la instalación del servicio básico de alcantarillado (fs. 7).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2.
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- provisional
- III.5. Análisis del caso concreto.
- sin embargo, corresponde conceder una tutela provisional,
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 24
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas