SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2018-S2
Fecha: 23-Oct-2018
sin embargo, corresponde conceder una tutela provisional,
Consecuentemente, se evidencia que en el caso analizado, se ha impedido a la accionante acceder al servicio básico de alcantarillado, y si bien de antecedentes se advierte que existen posiciones contrapuestas, por cuanto, por una parte la accionante alega que obtuvo la autorización para acceder a la instalación del servicio de alcantarillado, adjuntando al efecto un certificado qué da cuenta que cumplió con los requisitos para acceder a la instalación de ese servicio básico, y por otra, la demandada señala que la solicitante de tutela no cuenta con orden para efectuar la apertura de la zanja, y que el pasado año la entidad municipal ordenó la suspensión de los trabajos, debido a que dicha zanja estaba siendo abierta por la acera, y que la red de recolección no llega hasta el frente del inmueble de la impetrante de tutela; asimismo, el Presidente de la OTB “Juan Vargas” -tercero interesado-en el desarrollo de la audiencia, aseveró que la solicitante de tutela estuvo realizando los trabajos “individualmente”; es decir, sin la intervención de la entidad municipal; sin embargo, corresponde conceder una tutela provisional, a efecto que la accionante pueda acceder al servicio básico del alcantarillado, previo cumplimiento de determinadas condiciones que garanticen los derechos de los vecinos, conforme a lo dispuesto por el Tribunal de garantías, hasta que su situación sea definida por la autoridad competente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2.
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- provisional
- III.5. Análisis del caso concreto.
- sin embargo, corresponde conceder una tutela provisional,
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 24
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas