SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2018-S2

Fecha: 23-Oct-2018

sin embargo, corresponde conceder una tutela provisional,

Consecuentemente, se evidencia que en el caso analizado, se ha impedido a la accionante acceder al servicio básico de alcantarillado, y si bien de antecedentes se advierte que existen posiciones contrapuestas, por cuanto, por una parte la accionante alega que obtuvo la autorización para acceder a la instalación del servicio de alcantarillado, adjuntando al efecto un certificado qué da cuenta que cumplió con los requisitos para acceder a la instalación de ese servicio básico, y por otra, la demandada señala que la solicitante de tutela no cuenta con orden para efectuar la apertura de la zanja, y que el pasado año la entidad municipal ordenó la suspensión de los trabajos, debido a que dicha zanja estaba siendo abierta por la acera, y que la red de recolección no llega hasta el frente del inmueble de la impetrante de tutela; asimismo, el Presidente de la OTB “Juan Vargas” -tercero interesado-en el desarrollo de la audiencia, aseveró que la solicitante de tutela estuvo realizando los trabajos “individualmente”; es decir, sin la intervención de la entidad municipal; sin embargo, corresponde conceder una tutela provisional, a efecto que la accionante pueda acceder al servicio básico del alcantarillado, previo cumplimiento de determinadas condiciones que garanticen los derechos de los vecinos, conforme a lo dispuesto por el Tribunal de garantías, hasta que su situación sea definida por la autoridad competente.