SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2018-S1

Fecha: 30-Oct-2018

III.4.3.

III.4.3. De acuerdo a lo determinado en los arts. 29.4 inc. f) concordante con el 36.1 ambos del CPCo, la audiencia de acción de amparo constitucional, debe constar en acta; es decir de forma escrita, si bien es permitido otros medios de registro, debe encontrarse en forma física debidamente transcrito, y siendo que en el presente caso la audiencia de inspección se realizó como continuación de la audiencia de esta acción de defensa debía constar los actos realizados en la misma; sin embargo, se adjuntó a fs. 115, un CD, con fotografías, videos y audios de la referida inspección, por ello es necesario que la misma sea consignada dentro del proceso, materialmente. Por otra parte el CD que fue presentado como prueba por la accionante, al tener fallas no fue posible su revisión, debiendo tener el cuidado para que llegue a esta instancia de forma correcta y en óptimas condiciones.