SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0753/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0753/2018-S3

Fecha: 10-Oct-2018

III.1. Respecto al término para resolver la situación jurídica del aprehendido

La SCP 0462/2013 de 10 de abril, precisó: «El Código de Procedimiento Penal en su art. 226, ha establecido lo siguiente: El fiscal podrá ordenar la aprehensión del imputado, cuando sea necesario su presencia y existan suficientes indicios de que es autor o partícipe de un delito de acción pública sancionado con pena privativa de libertad, cuyo mínimo legal sea igual o superior a dos años y de que pueda ocultarse, fugarse o ausentarse del lugar u obstaculizar la averiguación de la verdad, excepto en los delitos previstos y sancionados por los Artículos 132 bis, 185, 254, 271 primer párrafo y 331 del Código Penal.