VOTO DISIDENTE DEL ACP 0066/2018-O
Fecha: 31-Oct-2018
4)
4) Precisar y determinar quiénes son los sujetos de protección o beneficiaros del derecho fundamental protegido en la sentencia constitucional, o lo que es lo mismo, los titulares de los derechos subjetivos protegidos por la sentencia constitucional, cuidando de precisar quiénes son los directamente afectados o agraviados, en especial en los casos de multiplicidad de accionantes o cuando no exista coincidencia entre el titular del derecho y quién interpone la acción de defensa; y quiénes son los obligados a cumplirla, vale decir, los legitimados pasivos, pudiendo en este supuesto el juez constitucional involucrar a terceros ajenos al proceso constitucional a su cumplimiento, atendiendo las particularidades del caso concreto, última previsión que ingresa al ámbito del dimensionamiento a los efectos interpartes que tiene una acción de defensa, que se extiende a terceros ajenos al proceso constitucional, dada la relevancia y exigencia que el caso concreto requiere -art. 28 del CPCo-.
- Partes:
- 1°
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- II.1. El derecho a la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales en la medida de lo determinado, atendiendo la naturaleza jurídica, ámbito de protección u objeto procesal del recurso o acción de defensa
- la medida de lo determinado
- en la medida de lo determinado
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- concedida
- REVOCAR TOTALMENTE
- ,
- cumplimiento obligatorio
- su efecto protectivo tendrá eficacia en tanto la vía de impugnación activada por el empleador pronuncie una resolución
- REVOCÓ TOTALMENTE
- son de cumplimiento inmediato y obligatorio
- 1° REVOCAR parcialmente
- 2° Disponer
- Fragmento 19
- MAGISTRADA
- 3)
- 4)
- su dimensionamiento en el tiempo y los efectos sobre lo resuelto