VOTO DISIDENTE DEL ACP 0066/2018-O
Fecha: 31-Oct-2018
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El denunciante, presenta denuncia por sobrecumplimiento, por hecho nuevo sobreviniente de la SCP “0887”/2016-S1 y solicita la declaratoria de “inejecutabilidad” de la acción de amparo constitucional, ante la Jueza Pública de Familia Octava de la Capital del departamento de La Paz; toda vez que, la empresa “COBEE S.A.” fue notificada con el memorial presentado por los accionantes y el decreto de 5 de julio de 2018, que conminó a éste, a mostrar los memorandos de reincorporación de los impetrantes de tutela, sin considerar que la Conminatoria de Reincorporación J.D.T.L.P./D.S 495/EVG/077/2015 en el caso de Álvaro Carlos Mollinedo Catari, fue anulada por el Tribunal Supremo de Justicia, mediante la Sentencia 95 de 11 de agosto de 2017, disponiendo la remisión ante el Órgano Judicial; en cuyo cumplimiento, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió la Resolución Ministerial (RM) 286/18 de 27 de marzo de 2018, revocando expresamente la referida Conminatoria de Reincorporación, declinando competencia ante la judicatura laboral, a objeto que asuma conocimiento y defina los derechos de los accionantes, decisiones que son de conocimiento de los mismos, pero pese a ello, induciendo en error y con deslealtad procesal, reiteraron su solicitud para que se emita una nueva conminatoria, pretendiendo omitir determinaciones con valor de cosa juzgada, asumidas tanto por el Tribunal Supremo de Justicia como por el mencionado Ministerio de Trabajo, resultando evidente que la ya indicada Sentencia Constitucional Plurinacional resulta inejecutable por sustracción de materia, porque perdió su objeto.
- Partes:
- 1°
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- II.1. El derecho a la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales en la medida de lo determinado, atendiendo la naturaleza jurídica, ámbito de protección u objeto procesal del recurso o acción de defensa
- la medida de lo determinado
- en la medida de lo determinado
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- concedida
- REVOCAR TOTALMENTE
- ,
- cumplimiento obligatorio
- su efecto protectivo tendrá eficacia en tanto la vía de impugnación activada por el empleador pronuncie una resolución
- REVOCÓ TOTALMENTE
- son de cumplimiento inmediato y obligatorio
- 1° REVOCAR parcialmente
- 2° Disponer
- Fragmento 19
- MAGISTRADA
- 3)
- 4)
- su dimensionamiento en el tiempo y los efectos sobre lo resuelto