SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2018-S3

Fecha: 07-Nov-2018

a)

Juan Carlos Candia Saavedra y Emiliano Carlos Sandoval Castellón, Vocales de la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, el 14 de septiembre de 2018, presentaron informe escrito cursante de fs. 142 a 143, esgrimiendo lo siguiente: a) Cumplieron con lo que establece las leyes penales vigentes, haciendo una valoración completa, precisa y armónica de todos los elementos presentados a consideración del Tribunal de alzada, no habiéndose vulnerado ningún derecho de las partes en el proceso; b) Según la SCP 1029/2017 de 18 de octubre, en base a la resolución primigenia se deben desvirtuar los riesgos procesales con elementos ciertos y objetivos; si bien los accionantes indican que se encontrarían con acusación formal dentro del proceso penal, no se presentaron nuevos elementos que desvirtúen el riesgo de obstaculización impuesto, señalado en el art. 235.1 del Adjetivo Penal ante el Tribunal ad quem; y, c) Indicaron que el caso ya está en juicio, empero jamás presentaron estas pruebas ante el Juez a quo y solamente indicaron al Tribunal de alzada, es decir, no cumplieron con lo que establece el art. 239.1 del CPP; solicitando se deniegue la tutela impetrada.