Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2018-S1
Fecha: 08-Nov-2018
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes a la celeridad, a un proceso justo, sin dilaciones indebidas, a la impugnación de las resoluciones judiciales; a la defensa en su vertiente del derecho a la segunda instancia, al acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva, vinculados al derecho a la libertad de locomoción, sin citar norma constitucional alguna.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Del derecho a la impugnación. Jurisprudencia reiterada
- el 17 de igual mes y año
- III.3.2. Con relación a la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER
- 3° CONCEDER