SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2018-S1
Fecha: 09-Nov-2018
II.3.
II.3. Mediante acta de audiencia pública de apelación de medidas cautelares de 30 de agosto de 2018, en la misma se evidencia que se sustanció el recurso de apelación incidental interpuesto por el imputado contra la Resolución 370/2018 de 13 del citado mes, que revocó las medidas sustitutivas impuestas a su favor y dispuso su detención preventiva, quien ahora representanta al menor accionante como víctima, a través de su abogado, en la descripción que realizó sobre los certificados médicos forenses señaló; “…el imputado nuevamente en el mes de marzo de este año la vuelve a agredir, ya estando en proceso penal y le hemos presentado este certificado médico forense de 11 de marzo del año 2018, en la que se establece como conclusiones que la víctima se encuentra policontusa y este certificado de uno de sus hijos AA quien se encuentra con contusión en muslo derecho, no solamente ha golpeado a la madre sino a su hijo, sobre la base de estas evidencias la autoridad judicial constata que no ha cumplido con ninguna medida desde agosto del año pasado…” (sic), por lo que, solicitó se confirme la decisión del Juez cautelar y se mantenga la detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz (fs. 2 a 5).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- la acción de libertad ha sido instituida como un proceso constitucional de naturaleza tutelar, que tiene la finalidad de brindar protección inmediata y efectiva a derechos fundamentales como a la vida y a la libertad,
- pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano- junto a la clásica protección al derecho a la libertad física o personal, la garantía del debido proceso en los supuestos en que exista vinculación directa con el derecho a la libertad física y absoluto estado de indefensión
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR