SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2018-S2

Fecha: 26-Nov-2018

III.2. Análisis del caso concreto

Bajo ese contexto y de la revisión de obrados se advierte que efectivamente el demandante de tutela, presentó solicitud de cesación a la medida cautelar extrema, alegando en lo principal el transcurso del plazo de veinticuatro meses sin que se haya dictado sentencia en su contra; empero, el Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz, mediante Auto 25/18, denegó la misma, al considerar que el impetrante de tutela no acreditó que la demora o dilación del proceso haya sido atribuible al Ministerio Público o al Órgano Judicial; pues, al contrario sería él quien hubiera tenido una conducta poco diligente que obstaculizó el desarrollo normal de la causa, al ser causante de la suspensión de audiencias en varias oportunidades; criterio que fue confirmado en apelación por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 158; el cual, además estableció que el solicitante de tutela en su solicitud de cesación de la detención preventiva, no realice un análisis detallado del proceso en el que demuestre a quien corresponde la dilación procesal; razón por la cual, no sería procedente su solicitud.