Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2018-S2
Fecha: 26-Nov-2018
II.4.
II.4. Cursa la Circular TSJ-PRES 04/2017 de 1 de diciembre, dirigida a los Magistrados, Secretarios de Sala, Auxiliares, Plataforma de Atención al Público e Informaciones del Tribunal Supremo de Justicia; la cual, señaló que del 7 al 31 de diciembre de 2017, se dispondrá del periodo vacacional de forma colectiva e instruyeron que la recepción de memoriales, recursos judiciales, demandas judiciales -causas nuevas-, trámites administrativos, correspondencia y otros, deberá ser normal y continuar hasta las 18:30 del 6 de diciembre de 2017, en cada una de las Salas, Auxiliaturas y otras dependencias. No pudiendo el personal encargado, negar su recepción bajo ninguna causa (fs. 19).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- al primer día hábil siguiente
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. E
- 1)
- III.2.
- Artículo 126. (VACACIONES).
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- CONFIRMAR