Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2018-S2
Fecha: 26-Nov-2018
II
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la petición, al trabajo, a la propiedad, a la vida y a la salud, por cuanto los codemandados no otorgaron respuesta respecto a su solicitud de nulidad de actos realizados, al Oficio emitido por el Sindicato de Taxis y Colectivos “24 de Septiembre”, que pidió la restitución de la Línea 117; y, menos a la carta notarial de 23 de abril de 2018, de reiteración de su petitorio de restitución, así como la otorgación de fotocopias legalizadas, certificaciones y documentación.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- concedió en parte
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II
- III.1.
- c) Habiéndose presentado la petición respetuosa, la autoridad no la responde dentro de un plazo razonable
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR