SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2018-S2

Fecha: 26-Nov-2018

III.2. Análisis del caso concreto

           En el presente caso, el accionante señala que dentro del proceso sumario que se le sigue por la supuesta compra ilegal de la Línea de transporte interno 117, dependiente del Sindicato de Taxis y Colectivos “24 de Septiembre”, el 10 de marzo de 2018, la Comisión Investigadora conformada por los codemandados, Marx Engels Panoso Lara, Presidente; Edson Velasco Marcial, Secretario; y, Ricardo Mejía Torrez, Vocal, emitieron informe afirmando que debido a una depuración efectuada, la referida Línea de transporte pasó a propiedad de la Asociación de Transportistas Integral Nueva Esperanza “ATRANSINE”. Contra dicho informe, mediante escrito presentado el 14 de igual mes y año, solicitó la nulidad de la conformación de la Comisión Investigadora compuesta por los nombrados codemandados y todos los actos realizados, petitorio que a la fecha no fue resuelto. Respecto al codemandado, Daniel Velasco Claros, Presidente del Directorio de la Línea 47, 62 y 94, el impetrante de tutela estima que el aludido, no sólo incumplió la petición de restitución efectuada por el indicado Sindicato, sino que también indebidamente incumplió dar respuesta a sus petitorios, a su solicitud de fotocopias legalizadas, certificaciones y documentación, que en su criterio debió hacerlo en el plazo de cuarenta y ocho horas.