Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2018-S1
Fecha: 28-Nov-2018
II.2.
II.2. Mediante Poder Especial Amplio y Suficiente 673/2016 de 31 de mayo, otorgado por Enrique Sánchez Soto, Pedro Choque Apaza, Apolinar Auca Marce, Hernán Segovia Flores y otros a favor de Eduarda Quispe Fuentes de Sánchez, ante Notario de Fe Publica número 5 del departamento de Tarija, a efectos de iniciar el trámite de aprobación de planimetría del barrio Aranjuez Norte, hasta su total aprobación (fs. 20 a 21).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- La importancia del petitorio, de manera expresa y en términos directos y claros, debe encontrarse directamente relacionada con los hechos de la causa, existiendo una relación entre ambos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR