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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2018-S3

    Fecha: 07-Nov-2018

    II.3.

    II.3.    Mediante memorial presentado el 29 de agosto de 2018, dirigido al Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de Santa Cruz -autoridad demandada-, el impetrante de tutela solicitó se dé cumplimiento al perdón del ofendido conforme a ley para cuyo fin se adjuntó el Dictamen Pericial descrito en la Conclusión precedente, el cual mereció providencia de la misma fecha “A sus antecedentes” (sic [fs. 5 a 6]).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de libertad y el debido proceso
    • cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos previo cumplimiento de la subsidiariedad excepcional que rige a este tipo de acciones
    • queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • 1)
    • CONFIRMAR

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