AUTO CONSTITUCIONAL 0482/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0482/2018-RCA

Fecha: 12-Dic-2018

ésta en el plazo de tres días podrá impugnar

De la misma manera en el supuesto de que en la causa concurran supuestos de inactivación que establezcan la improcedencia de la acción previstos en los arts. 53 y 66 del citado Código, dependiendo de si es acción de amparo o de cumplimiento, mediante auto motivado, se declarará la improcedencia de la acción, resolución que notificada a la parte accionante, ésta en el plazo de tres días podrá impugnar dicha decisión; en caso de no presentarse la impugnación, la jueza, juez o tribunal de garantías, procederá al archivo de obrados; caso contrario, si la parte accionante impugna el auto de improcedencia, el juez o tribunal de garantías, en el plazo de dos días deberá remitir en revisión la decisión asumida ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (las negrillas nos corresponden).