AUTO CONSTITUCIONAL 0482/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0482/2018-RCA

Fecha: 12-Dic-2018

II.3.  Análisis del caso concreto

En el caso en análisis, se tiene que cuando el Juez de garantías asevera que el Tribunal Examinador actuó en cumplimiento a la norma, no es más que un argumento de fondo, pues mencionar que el demandado obró de una manera correcta o incorrecta, atañe solo cuando la acción tutelar es admitida y escuchada por las partes en audiencia, y a momento de emitir la correspondiente resolución sea respaldada con criterios técnicos; por lo que, las expresiones contenidas en la SCP 0028/2016 y el análisis de su cumplimiento, no es algo que pueda desarrollarse como sustento en fase de admisión de esta acción de defensa.

         Por otro lado, no es evidente que exista confusión respecto al petitorio que plasmó el accionante a través de su representante, ello debido a que de manera clara pide que el Tribunal Examinador emita una nueva resolución fundamentada y motivada dejando sin efecto la depuración de su postulación para la evaluación de Despachante de Aduana, tomando en cuenta la prueba y fundamentación que presentó en la etapa de subsanación de observaciones, de donde se extrae que no solicitó se deje sin efecto la lista de los postulantes ya habilitados.