La DCP 0096/2018 de 12 de diciembre, correlativa a la DCP 0156/2016 de 1 de igual mes,
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La DCP 0096/2018 de 12 de diciembre, correlativa a la DCP 0156/2016 de 1 de igual mes,

Fecha: 12-Dic-2018

se dio cumplimiento a lo dispuesto por la referida DCP 0156/2016

En ese marco, y teniendo en cuenta que la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia, sólo declaró incompatible una frase que luego fue suprimida por el Órgano Deliberante de Ayo Ayo; no correspondía declarar la incompatibilidad de la disposición; toda vez que, sin lugar a dudas es evidente que al suprimir la frase cuestionada se dio cumplimiento a lo dispuesto por la referida DCP 0156/2016; no obstante, la DCP 0096/2018 al realizar el control previo de constitucionalidad (motivo de la presente disidencia), no consideró dicho extremo, y arguyendo que el estatuyente no adecuó el texto de la disposición, refiere que persiste la observación y dispone su incompatibilidad, sin agregar otro fundamento que motive tal decisión y explicar cuáles serían los argumentos que sustenta dicha incompatibilidad, más aún cuando en la DCP 0156/2016 no se determinó la incompatibilidad de dicho contenido; en consecuencia, con ello se contraviene el carácter vinculante y obligatorio de las propias decisiones emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional.