SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2018-S3
Fecha: 12-Dic-2018
comprender
En mérito a ello, debe establecerse que cuando se esté ante la posible comisión de una falta disciplinaria de inasistencia injustificada, deberán analizarse -en mérito al principio de razonabilidad- los hechos en el marco de los respeto de los derechos fundamentales y más propiamente del derecho al trabajo, en resguardo de los valores justicia e igualdad, propendiendo siempre a buscar la verdad material por encima de la formal, analizando toda la prueba aportada e incluso la requerida por la autoridad, con la finalidad de comprender la situación en la que se encontraba el trabajador o servidor pública para faltar a su trabajo y resguardar de esa manera el derecho al trabajo del mismo por ser sustento económico tanto de su persona, familia y sus dependientes” (las negrillas pertenecen al texto original y el subrayado nos corresponde).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.6.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la inamovilidad laboral de los servidores públicos de libre nombramiento
- Las mujeres no podrán ser discriminadas
- injustificada,
- Fragmento 15
- comprender
- III.3. Análisis del caso concreto
- Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso
- llega hasta los funcionarios de libre nombramiento
- CONFIRMAR en parte