SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2018-S3
Fecha: 04-Dic-2018
concedió
El Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de Concepción del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 03 de 12 de junio de 2018, cursante de fs. 440 vta. a 443 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la nulidad de la Nota OF.EXT. GAMAG. 77/2017 de 5 de mayo y la providencia de 15 de igual mes y año, para que el Gobierno Autónomo Municipal de Ascensión de Guarayos de Ascensión de Guarayos de dicha localidad, dicte nueva resolución fundamentada en el término de setenta y dos horas conforme a los documentos y pruebas presentadas, con los siguientes fundamentos: 1) Los accionantes en representación de la Junta Vecinal del Barrio Juan Evo Morales Ayma de dicha localidad, presentaron testimonio de poder con facultad para presentar la acción de amparo constitucional dentro el término previsto por ley; 2) Respecto a las irregularidades del trámite de adjudicación de las treinta y tres hectáreas por parte de Osvin Vargas Montero, deben dilucidarse a través de un proceso ordinario y contradictorio ante la autoridad competente, por existir derechos controvertidos entre los habitantes del señalado barrio, el adjudicatario y el precitado Gobierno Autónomo Municipal; y, 3) La Nota OF.EXT. GAMAG. 77/2017, no constituye un acto administrativo que resuelva el recurso de revocatoria al carecer de fundamento y motivación sobre las razones de su rechazo, vulnerándose su derecho a la petición y debido proceso en sus elementos a la defensa y seguridad jurídica de los peticionantes de tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Los recursos administrativos en el ámbito municipal
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR