SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2018-S2

Fecha: 03-Dic-2018

a)

La parte accionante, se ratificó íntegramente en los términos expuestos en su demanda de acción de libertad y añadió: a) El Mandamiento de Detención Domiciliaria fue emitido el 21 de agosto de 2018 cuyo original fue presentado al Director del Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, el 22 de igual mes y año; y, b) Este tipo de trámites debe realizarse en el plazo máximo de veinticuatro horas.

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad física y de locomoción; toda vez que, la autoridad demandada: a) No da cumplimiento al Mandamiento de Detención Domiciliaria con internación hospitalaria dispuesta a su favor; b) Estando internado en el Hospital Municipal de Caranavi, fue llevado al Centro Penitenciaria de San Pedro de La Paz, sufriendo tratos crueles y degradantes; y, c) Se niega a ejecutar su traslado a audiencias programadas en Caranavi; por lo que, solicita se conceda la tutela, se ordene al demandado efectivizar la detención domiciliaria; que continúe internado en el Hospital Municipal de Caranavi; y, se disponga la indemnización y se remitan antecedentes al Régimen Disciplinario.