SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2018-S2

Fecha: 03-Dic-2018

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, alega que el Fiscal Departamental de Cochabamba, vulneró su derecho al debido proceso en sus elementos motivación, congruencia y aplicación objetiva de la ley; toda vez que, mediante la Resolución Jerárquica FDC/OVE IS 170/2018, revocó la Resolución de Sobreseimiento, intimando a los Fiscales de Materia que en el término de 10 días acusen y/o acuerden una salida alternativa en su contra, argumentando que no cumplió de manera idónea el trabajo encomendado; y en consecuencia, su conducta se adecuaría al tipo penal de incumplimiento de contratos en grado de complicidad, sin tener presente que nunca celebro contrato alguno con el Estado, decisión Fiscal que efectuó una errónea interpretación del art. 222 CP, puesto que no consideró la inexistencia del tipo penal sindicado, al no darse los elementos objetivo y subjetivo del tipo penal, y omitir la debida motivación al no explicar cuál es el hecho punible que se le atribuye y de qué manera se adecúa al tipo penal de incumplimiento de contratos.