SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2018-S4
Fecha: 05-Dic-2018
II.1
II.1. Dentro del proceso penal seguido contra Celso Mamani Cruz –ahora accionante– a instancia del Ministerio Publico por la presunta comisión del delito de abuso sexual, mediante memorial presentado el 12 de septiembre de 2018, ante la Fiscal de Materia Verónica Beatris Miranda Huanca –hoy demandado–, el impetrante de tutela a fin de solicitar cesación a la detención preventiva, solicitó se informe en qué fojas del cuaderno de investigaciones se encontraban las medidas de protección impuestas a su persona, y se extienda en su favor copias legalizadas de dicho actuado, argumentando que mediante Resolución 307/2017 de 1 de diciembre, se rechazó su petición de libertad indicando que no cumplió con la medidas de protección dispuestas por el Ministerio Público; ameritando que por providencia de igual fecha mes y año, señale “Estése a procedimiento” (sic) (fs. 3 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y la causa directa: Su determinación en cada caso concreto
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- la activación de la acción de libertad para conocer presuntas vulneraciones del derecho al debido proceso, debe evaluarse en cada caso concreto, así por ejemplo, este Tribunal Constitucional Plurinacional, determinó que no podía ingresarse al fondo de la problemática, por no ser causa directa de la privación de libertad ni existir absoluto estado de indefensión
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- 0134/2018-S4 de 16 de abril,
- REVOCAR