Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2018-S4
Fecha: 05-Dic-2018
II.2
II.2. Cursa memorial de 2 de octubre de 2018, presentado al Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de La Paz, por el cual el accionante solicitó se oficie al Ministerio Público para que informe a ese despacho judicial, sobre la existencia o no de medidas de protección, al haberle negado los datos referidos la directora funcional de la investigación; mereciendo que a través de decreto de 3 de octubre del indicado año, se señale que el impetrante “acuda a la autoridad llamada por ley” (sic) (fs. 5).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y la causa directa: Su determinación en cada caso concreto
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- la activación de la acción de libertad para conocer presuntas vulneraciones del derecho al debido proceso, debe evaluarse en cada caso concreto, así por ejemplo, este Tribunal Constitucional Plurinacional, determinó que no podía ingresarse al fondo de la problemática, por no ser causa directa de la privación de libertad ni existir absoluto estado de indefensión
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- 0134/2018-S4 de 16 de abril,
- REVOCAR