SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2018-S3

Fecha: 03-Dic-2018

a)

Solicitaron se les conceda la tutela, y se disponga: a) El cese y paralización de trabajos y plantado de coca y otros por la demandada “Sofía” -siendo lo  correcto Catalina- Condori Mamani en el terreno ubicado en el sector Lambate de la comunidad de Río Blanco del municipio de Chulumani del departamento de La Paz; b) La prohibición de ingreso de la demandada precitada al terreno de su propiedad; c) La prohibición de que el demandado Guillermo Sánchez Aliaga efectúe actos de disposición mientras dure el régimen de copropiedad de los terrenos establecidos en el Título Ejecutorial 099402; y, d) El resarcimiento de daños y pago de costas procesales

En audiencia a través de su abogado agregaron que: a) La presente acción de defensa hubiera sido presentada fuera del plazo de los seis meses que contempla la norma para que se haga el uso del recurso extraordinario; b) La parte que transfirió el padre de los solicitantes de tutela se encuentra dentro de la porción de liberalidad y por esta razón no afectó de manera alguna el derecho de los accionantes; y, c) Si acaso existe observación a la compra y venta realizada entre sus personas y el padre de los accionantes, corresponderá acudir a la vía jurisdiccional en materia civil buscando la nulidad del documento.