Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2018-S3
Fecha: 13-Dic-2018
II.1.
II.1. Juan Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Nemesia Achacollo Tola, Ministra de Desarrollo Rural y Tierras, mediante RS 04602 de 26 de noviembre de 2010, dispuso anular el Título Ejecutorial Individual 648356, al haberse establecido vicios de nulidad relativa e incumplimiento de la función social y/o económico social del predio denominado “Soraya” otorgado en favor de José Haquin Mendoza; asimismo, se determinó el desalojo de Genaro Fernández Melgar -accionante- a partir del tercer día de su ejecutoria, emitida dentro del proceso de saneamiento de tierras comunitarias de origen (SAN-TCO) ISOSO del polígono 570 (fs. 3 a 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- III.
- III.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.2. La congruencia como componente del debido proceso
- III.3. El derecho a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.3. Contrastación entre los argumentos expuestos en el memorial de apelación y la Resolución de segunda instancia
- REVOCAR