SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2018-S1

Fecha: 12-Dic-2018

II.3.

II.3. Los ahora impetrantes de tutela, el 4 de mayo de 2017, formularon recurso de apelación contra la Sentencia de 12 de abril del mismo año, por el cual se declaró probada en parte la demanda de regularización de derecho propietario, causando perjuicios irreparables por cuanto: 1) El bien inmueble objeto de la litis, cuenta con una superficie total de 670.425 m2 teniéndose sobre el mismo una posesión pacífica, continua e ininterrumpida de más de quince años; 2) La contestación a la demanda fue positiva, manifestando que el terreno vendido fue de 670.425 m2, venta que se realizó de manera voluntaria por ambas partes; 3) El Informe Técnico P.E.R.-244/W.A.-30/2016, de 2 de agosto, establece que el terreno se encuentra dentro del estadio de planimetría en el sector, el cual está en proceso de aprobación a nombre del tercero interesado Felipe Zenteno Irahola, demostrándose que no existe sobreposición con terceros ni con propiedad municipal o del Estado; 4) El informe pericial señala que “…los ocupantes de la construcción tienen acceso por la calle S/N de la Parte posterior y hace uso del mismo como depósito de Herramientas al terreno está completamente cerrado…” (sic); ratificando que son propietarios de todo el bien inmueble; 5) Por inspección judicial se demostró las mejoras que se hicieron en el inmueble y la posesión en calidad de propietarios; y, 6) Los testigos ofrecidos, son vecinos colindantes que los conocen como propietarios del inmueble y que el mismo cuenta con dos salidas por dos calles; consiguientemente, solicitaron se modifique totalmente la Sentencia y se declare probada la demanda, de acuerdo a la prueba testifical, documental, pericial y al Informe Técnico de la Dirección General de Ordenamiento Territorial Urbano dependiente del Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de Tarija, que cursa en obrados (fs. 206 a 208 vta.).