SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0834/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0834/2018-S1

Fecha: 12-Dic-2018

Fragmento 21

Conforme a los antecedentes traídos en revisión y de las conclusiones expuestas en el presente fallo constitucional se tiene que dentro el proceso interdicto de recobrar la posesión interpuesta por Gumercindo Ponce Soruco contra Mónica Berrios Soruco y “Freddy Murillo” de 14 de octubre de 2014, ésta fue admitida por Auto de 22 de similar mes y año, por la Jueza de Instrucción en lo Civil y Familia Tercera de Yacuiba del departamento de Tarija y notificada a los demandados el 29 de idéntico mes y año; ante ello, la Jueza de la causa, dictó Sentencia 05/2015 el 13 de abril, mediante la cual declaró por suficiencia de méritos, con lugar a la pretensión deducida en la demanda interpuesta por Gumercindo Ponce Soruco contra los antes mencionados, ordenando la restitución del inmueble al demandante y la desocupación del mismo por parte de los demandados en el plazo de tres días, desde que la sentencia alcance calidad de cosa juzgada, sea bajo apercibimiento de desapoderamiento por la fuerza pública de ser necesario (Conclusiones II.1 y II.2).