SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0849/2018-S4

Fecha: 12-Dic-2018

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega la vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos de derecho a la defensa, motivación y fundamentación, aplicación objetiva del ordenamiento jurídico así como principios de seguridad jurídica y legalidad en el procedimiento de resolución de contrato administrativo que suscribió con el Ministerio de Salud, entidad que fue posteriormente sustituida por AISEM, porque se le impidió conocer los informes de fiscalización y supervisión que fueron la base de la decisión de la autoridad demandada y en consecuencia, poder exponer sus defensas, descargos u objeciones, además de ejercitar el derecho contenido en su apartado II.3., inc. a) del señalado acuerdo contractual, utilizando el plazo de quince días hábiles para subsanar cualquier defecto o deficiencia, pues no se les notificó con la intención de resolución del contrato, omitiendo tomar en cuenta las normas relativas al procedimiento para su terminación reguladas por el acuerdo contractual y el DBCD; alegó también, la existencia de peligro de daño inminente e irreparable que justifica la acción de amparo constitucional presentada; además, que el hecho de plantear recursos como el de revocatoria y jerárquico, resultaban inocuos debido a que los actos del sistema de contratación del Estado, carecían de un medio impugnativo que los revise en la vía administrativa que quedó agotada con el acto arbitrario que debe ser registrado en el SICOES.

En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales de los accionantes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.