SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0856/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
v)
v) En lo que concierne a la denuncia de lesión del debido proceso y del derecho a la defensa por falta de notificación con el Informe Técnico Legal DDSC-UDECO INF 191/2015, los beneficiarios de los predios Santa María I, Santa María II, Santa María III y Santa María IV, mediante memoriales de “fs. 10383 y 10386”, aceptaron el informe de cierre y pidieron modificación de plano, dando por bien hechas las diferentes etapas y/o trabajos de campo como los informes emitidos por el INRA y mal podrían reclamar mediante demanda contencioso administrativa todas las actuaciones de dicha institución, que se basan en informes técnico legales; por lo que, se cumplieron con todas las etapas del proceso de saneamiento; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. La valoración de la prueba, facultad privativa a la jurisdicción ordinaria
- 3)
- 4)
- 6)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO