Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2018-CA
Fecha: 06-Feb-2018
I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
El Tribunal Constitucional Plurinacional por Acuerdo Jurisdiccional 004/2017 de 31 de agosto, dispuso el cronograma de cierre de gestión, estableciendo como último sorteo para la Comisión de Admisión el 10 de noviembre de 2017; en consideración a ello, habiendo sido posesionadas las nuevas autoridades de este Tribunal, por Acuerdo Jurisdiccional 003 de 15 de enero de 2018, se estableció cronograma transitorio para resolver las causas de competencia de la Comisión de Admisión; conforme a ello, la presente Resolución es emitida dentro de plazo.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2.
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- Fragmento 6
- 1. Supuestas infracciones al debido proceso
- El derecho al debido proceso, es de aplicación inmediata, vincula a las autoridades judiciales o administrativas y constituye una garantía de legalidad procesal previsto por el constituyente, para proteger derechos a la tutela judicial efectiva, a la garantía de certeza e intangibilidad de resoluciones judiciales a la debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- al debido proceso y de manera específica al juez natural, que involucra como uno de sus elementos al juez competente, circunstancia bajo la cual el recurso directo de nulidad es improcedente
- II.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA