Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2018-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2018-RCA

    Fecha: 08-Feb-2018

    CONFIRMAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional de conformidad a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 05/2017 de 8 de noviembre, cursante a fs. 39 y vta., pronunciada por la Sala Civil y Comercial Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
    • I.3. Petitorio
    • a)
    • por no presentada
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería
    • al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
    • perentorio; es decir, improrrogable y que bajo ninguna circunstancia puede ser
    • 1)
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca