Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0109/2018-RCA
Fecha: 28-Feb-2018
Fragmento 1
En revisión la Resolución 30 de 19 de diciembre de 2017, cursante de fs. 80 a 82, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Maneyva Luizaga Velasco, Andreyna Karla Arraya Bernal, María Susana Cazón Espejo, María Yohany Banegas Collazo, Yohana Montaño Encinas en representación legal de Willan Elvio Castillo Morales, Gerente Regional Santa Cruz de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB) contra Zenón Edmundo Rodríguez Zeballos y Sigfrido Soleto Gualoa, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- Las resoluciones de la jurisdicción constitucional, deben ser cumplidas a través de los mecanismos que franquea la ley, no pudiendo activarse la acción de amparo constitucional, con el único fin de buscar el cumplimiento de las resoluciones pronunciadas en un anterior amparo constitucional
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- CONCEDER la tutela solicitada
- CONFIRMAR