Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0109/2018-RCA
Fecha: 28-Feb-2018
Fragmento 10
La parte accionante refiere que el Auto de Vista 93, que resolvió la apelación incidental planteada, carece de fundamentación y congruencia por falta de pronunciamiento de los agravios detallados en la apelación interpuesta; por ende, lesiona su derecho al debido proceso en las vertientes mencionadas, es más que se omitió dar cumplimiento a las observaciones realizadas en la SCP 0687/2016-S2.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- Las resoluciones de la jurisdicción constitucional, deben ser cumplidas a través de los mecanismos que franquea la ley, no pudiendo activarse la acción de amparo constitucional, con el único fin de buscar el cumplimiento de las resoluciones pronunciadas en un anterior amparo constitucional
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- CONCEDER la tutela solicitada
- CONFIRMAR