SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0368/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0368/2018-S2

Fecha: 01-Feb-2018

Fragmento 17

           Indica la parte accionante, que en el proceso administrativo aduanero que les siguen, encontrándose dentro del plazo para interponer el recurso de alzada, se apersonó por las oficinas de la AIT, las que ya habían sido cerradas, efectuando entonces inmediatamente, ante un Notario de Fe Pública, declaración jurada de lo acontecido, documento que fue presentado al día siguiente en las oficinas de dicha entidad, a momento de presentar el mencionado recurso, el mismo que fue rechazado por la autoridad demandada, sin tomar en cuenta la mencionada declaración  jurada ni los principios pro homine, pro actione y de favorabilidad, que permiten aplicar la norma más favorable al administrado, cuando estas disposiciones, relativas al cumplimiento de los plazos en esta materia, son contradictorias, infringiendo de esta manera los derechos invocados en la presente demanda tutelar.