AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2018-O
Fecha: 12-Mar-2018
a)
La denunciante solicita: a) Dejar sin efecto el Auto Interlocutorio 6; b) Declarar el incumplimiento de la SCP 0592/2017-S1; c) Ordenar expresamente a los denunciados -Hernán Mauricio Suarez Meruvia, Presidente del Consejo de Administración y Sussan Rehm Zapata, Directora General, ambos de la Cooperativa Educacional Santa Cruz Ltda.- cumplir el referido fallo constitucional; y en consecuencia, procedan con su reincorporación al mismo cargo que ocupaba como “profesora de arte de nivel Kinder hasta quinto básico” (sic); y, d) Disponer la remisión de actuados al Ministerio Público para su investigación.
a) La accionante afirma que los demandados no la reincorporaron como “profesora de arte de nivel kínder hasta quinto básico” -cargo que ocupaba al momento de ser despedida indebidamente- sino como profesora de “motricidad fina”, en condiciones desfavorables; por lo que, se incumplió el citado fallo constitucional; y,
- queja por incumplimiento
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- ,
- a)
- 1)
- i)
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.
- III.2. De los recursos de queja por incumplimiento de sentencias constitucionales: marco legal y jurisprudencial
- es coherente y acorde a los principios de inmediatez y celeridad concordante con la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y propios del proceso constitucional de la acción de amparo constitucional y demás mecanismos tutelares de defensa; asimismo, responde a una pauta hermenéutica específica, cual es la interpretación según los fines establecidos en los principios constitucionales, en ese orden, es pertinente precisar que el principio de tutela constitucional efectiva, tiene un rango constitucional y se configura como un corolario para el ejercicio del control de constitucionalidad en el Estado Plurinacional de Bolivia, por tanto, la disciplina del procedimiento de queja por demora o incumplimiento en ejecución de decisiones constitucionales con calidad de cosa juzgada, responde a la consolidación de dicho principio
- III.3. Análisis del caso concreto
- SCP 0592/2017-S1
- Resolución de 23 de diciembre de 2016
- Conminatoria JDTSC/CONM 055/2016
- si bien no a su misma actividad donde anteriormente desarrollaba a sus funciones
- reincorporada por la entidad demandada a la fuente laboral que tenía antes de su despido.
- SCP 592/2017-S1
- Fragmento 27