SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2018-S4

Fecha: 07-Mar-2018

a)

El accionante a través de su abogado defensor, manifestó lo siguiente: a) Sus hijos beneficiarios de la asistencia familiar, en ningún momento se apersonaron al proceso tomando en cuenta que ahora son mayores de edad, es así que, si bien cuando se inició la demanda, ellos eran menores de edad; empero, su situación de minoridad cambió, razón por la cual la madre de ellos, no puede seguir actuando en representación de los mismos sin contar con poder especial y  suficiente; b) El art. 4 del CC, establece que se adquiere la mayoría de edad a los dieciocho años, previsión que no fue tomada en cuenta por la Jueza de la causa, quién sin revisar esos detalles, dio continuidad a la demanda como si se tratase de menores de edad; y, c) El art. 237 del Código de las Familias y del Proceso Familiar —Ley 603 de 19 de noviembre de 2014—, prevé que los capaces de obrar pueden ser actores en una demanda por sí o por otro, provisto de poder, en el presente caso no existe el documento otorgado por sus hijos a la actora, aspecto que no fue observado por la Jueza de la causa, originándole así una lesión a su derecho a la libertad.