SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2018-S4

Fecha: 07-Mar-2018

denegó

El Juez de Sentencia Penal Tercero del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar Segundo, por Resolución 17/2017 de 17 de octubre, cursante de fs. 66 a 69, denegó la tutela solicitada bajo los siguientes fundamentos: i) Por el carácter sumario de una acción de libertad y el principio de celeridad, se pronunciará únicamente respecto a la detención indebida; ii) El acto lesivo entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, deben estar vinculados con la libertad para operar como causa directa para su restricción; además de ello, debe existir absoluto estado de indefensión; es decir, que el accionante no haya tenido la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos y que se hubiera enterado de los mismos a momento de la persecución o la privación de libertad; iii) El impetrante de tutela, fue notificado con la liquidación; sin embargo, no realizó impugnación alguna;   iv) En cuanto a la edad de los beneficiarios se tiene que ese aspecto debió haber sido considerado por la autoridad jurisdiccional demandada; y, v) El monto por concepto de asistencia familiar devengada debió ser observado en su momento; es así, que la parte peticionante de tutela no puede alegar estar ilegalmente detenido, puesto que, al haberse cumplido con todas las formalidades establecidas por ley y por no haber solicitado oportunamente la cesación de asistencia familiar, queda subsistente la obligación asumida en su momento.