Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2018-S1
Fecha: 06-Mar-2018
1)
Primo Felipe Flores Rodríguez, Juez de Instrucción Penal Decimocuarto del departamento de Santa Cruz -en suplencia legal-, por informe cursante a fs. 23, señaló que: 1) Procedió conforme a los antecedentes, ordenó la remisión de copias del acta de medidas cautelares y el mandamiento de detención preventiva en atención a la SCP 0187/2014 de 30 de enero; pues, las partes no proporcionaron las copias correspondientes tal como se advierte de obrados; y, 2) Adjuntó oficio de remisión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- y una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas,
- gratuidad
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- III.4. Análisis del caso concreto
- el recurrente deberá de proveer las copias necesarias para la remisión del recurso interpuesto ante la Sala Penal de turno de este Tribunal Departamental de Justicia, previo sorteo informático.
- Fragmento 16
- III.4.2. Con relación a la Jueza Pública de Familia e Instrucción Penal Primera de Cotoca del departamento de Santa Cruz
- REVOCAR