SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2018-S4

Fecha: 13-Mar-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido contra su representado por parte del Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de robo agravado, el “Juez cautelar” que conoce su causa, mediante Auto Interlocutorio 54/2017 de 3 de mayo, dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre ellas la presentación de una fianza económica en la suma de Bs10 000.- (diez mil bolivianos), decisión que fue apelada por la víctima; llevándose a cabo la audiencia de consideración del recurso el 16 del señalado mes y año, acto procesal en el que, el Tribunal de alzada, compuesto por los Vocales hoy demandados, dispusieron no sólo confirmar el Auto Interlocutorio apelado, sino que además incrementaron una fianza personal consistente en la presentación de dos garantes personales y solventes, aspecto contradictorio a lo preceptuado por el art. 240.6 del Código de Procedimiento Penal (CPP), cuyo texto dispone únicamente la presentación de una de las tres fianzas, lo que implica una imposición doble de fianzas que limita sus derechos a la libertad y de locomoción, provocando su detención preventiva ilegal y la lesión al debido proceso, criterio respaldado por la jurisprudencia constitucional contenida en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0133/2016-S3 de 18 de enero y    1126/2015-S3 de 16 de noviembre.

Agregó que, dicha medida, constituye una imposición arbitraria y contradictoria que vulnera sus derechos fundamentales, puesto que debió ser analizada valorando los medios de prueba sobre su solvencia económica y capacidad de cumplir con la fianza económica, tal el caso del informe social elaborado por la Trabajadora Social del Servicio Departamental de Gestión Social (SEDEGES), que demuestra su estado de insolvencia.