SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018-S4

Fecha: 14-Mar-2018

la acción de amparo constitucional adquiere las características de sumariedad e inmediatez en la protección,

En este orden de ideas, la acción de amparo constitucional adquiere las características de sumariedad e inmediatez en la protección, por ser un procedimiento rápido, sencillo y sin ritualismos dilatorios. A estas características se añade la de generalidad, a través de la cual la acción puede ser presentada sin excepción contra todo servidor público o persona individual o colectiva” (las negrillas son nuestras).

Entre los principios que configuran dicha acción tutelar, se encuentran los de subsidiariedad e inmediatez, previstos en el art. 129.I de la Norma Suprema, que dispone respecto a la interposición, que la señalada acción se interpondrá: “siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados” sin que el principio de subsidiariedad revista carácter absoluto, al existir casos excepcionales que permiten abstraerse del mismo.